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Mercadotecnia Digital para los Dentistas: 10 puntos vitales

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La mercadotecnia es importante para cualquier negocio, inclusive para los dentistas.

Aquí te dejo algunos pasos vitales que los dentistas deben considerar al desarrollar una estrategia de marketing efectiva:

1.Definir tu audiencia objetivo: Identificar a tu público objetivo es de suma importancia. ¿Estás enfocado en pacientes de todas las edades o en un grupo específico como niños, adultos o personas mayores? Este punto es de lo más importantes porque la comunicación y las estrategias de mercadotecnia se generan a partir de tu público objetivo.

2.Desarrollar una marca: Tu identidad de marca es fundamental para diferenciarte en el mercado. Esto incluye el nombre, logotipo y colores. Una marca te ayudará a construir reputación y que te recuerden más fácil.

3.Crear un sitio web de calidad: Un sitio web bien diseñado y fácil de navegación es el corazón de tu marca. Este debe incluir información sobre tus servicios, horarios, ubicación, formularios de contacto, testimonios de pacientes y hasta pueden realizar su cita en la web. También es importante que el sitio sea compatible con dispositivos móviles y esté optimizado para los motores de búsqueda (SEO).

4. Estrategia de contenido: Genera contenido relevantes y educativos relacionado con la salud dental para tu sitio web y redes sociales. Esto puede incluir blogs, videos, infografías y más. Proporcionar información valiosa puede ayudar a establecerte como una autoridad en tu campo y atraer a pacientes interesados.

5. Presencia en redes sociales: Utiliza plataformas como Facebook, Instagram, LinkedIn y hasta TikTok para conectarte con tu audiencia, eso no quiere decir que te pondrás a bailar o hacer retos. Comparte contenido útil y actualizado, responde a preguntas y comentarios.

6. Publicidad en línea: Considera la posibilidad de invertir en publicidad en línea, como Google Ads o anuncios en redes sociales. Estos pueden ayudarte a llegar a un público más amplio y atraer nuevos pacientes.

7. Programas de fidelización: Fomenta la lealtad de tus pacientes ofreciendo programas de fidelización, descuentos para pacientes recurrentes o referencias. Los pacientes satisfechos son dados a recomendar tus servicios a amigos y familiares, recuerda que Google Maps es una ventana donde tus pacientes te pueden poner 5 estrellitas o de plano calificarte muy mal.

8. Evaluación de resultados: Realiza un seguimiento de tus esfuerzos de marketing para ver qué estrategias funcionan mejor. Las propias redes sociales te brindan información de estadísticas y datos importantes que debes estar revisando, ojo lo que menos te debe importar son los me gusta (likes) ya que estos hasta se pueden comprar.

9. Cumplimiento normativo: Asegúrate de cumplir con todas las regulaciones y normativas relacionadas con la publicidad y la atención médica en tu área. Esto incluye la protección de la privacidad de los pacientes y la veracidad en la promoción de tus servicios.

10 . Formación continua: Mantente actualizado con las últimas tendencias en odontología. La formación continua te permitirá ofrecer servicios de alta calidad y en caso de tener nuevos servicios se deben integrar con una estrategia de marketing.

Recuerda que la mercadotecnia dental debe ser ética y centrada en proporcionar un valor real a los pacientes. La confianza y la reputación son cruciales en esta profesión, por lo que mantener la integridad en tus esfuerzos de marketing es esencial para el éxito a largo plazo.

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Expositora: Mtra. Yessica Rueda Rentería

Yessica Rueda cuenta con una trayectoria de más de 20 años inmersa en el desarrollo de negocios, capacitación y asesoría empresarial; poniendo su granito de arena en cada proyecto contribuyendo con el crecimiento de las empresas.

Maestra en Mercadotecnia Digital y Comercio Electrónico por la Universidad de Rioja y actualmente SEO de Grupo IMEFI.

Ya contamos con fecha para Certificarte ante la UIF en PLD para este 2022

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Este viernes 26 de agosto del 2022 en el Diario Oficial de la Federación (DOF) fue publicada la 2ª Convocatoria para la Certificación en Materia de Prevención de Operaciones con recursos de procedencia ilícita, así que aquí te diremos que necesitas para presentar el examen y formar parte del selecto grupo de Certificados.

Esta convocatoria va dirigida a:
a) Personas físicas que realizan Actividades Vulnerables a las que se refiere el artículo 17 de la Ley.
b) Personas responsables encargadas de cumplimiento que hayan aceptado su designación conforme al artículo 20 de la Ley.
c) Aquellas personas que cumplan con lo establecido en esta convocatoria.

Proceso de obtención del Certificado
1. Publicación de la convocatoria.
2. Pago, registro y presentación de solicitud por la Persona participante.
3. Cotejo de la documentación.
4. Evaluación.
5. Expedición del Certificado a las personas acreditadas.

Información y documentación requerida:

1. Formato de solicitud de obtención del Certificado dirigida a la Unidad; descargable desde la Plataforma.
2. Formato de aceptación para recibir las notificaciones vía electrónica relacionadas con el proceso de obtención del Certificado; descargable desde la plataforma.
3. Carta bajo protesta de decir verdad, de que no se encuentra en los supuestos de impedimento para presentar el examen, así como que la información y documentación proporcionada conforme a la presente base es veraz; formato descargable desde la plataforma.
4. Identificación oficial vigente con fotografía expedida por autoridad mexicana, la cual podrá ser la credencial para votar con fotografía o el pasaporte. Tratándose de personas físicas de nacionalidad extranjera, será necesario presentar el pasaporte y el documento expedido por el Instituto Nacional de Migración que acredite su calidad migratoria y su legal estancia en territorio nacional.
5. Clave Única de Registro de Población actualizada, emitida por el Registro Nacional de Población.
6. Comprobante del último nivel de estudios, que deberá ser como mínimo el bachillerato o su equivalente.
7. Información curricular.
8. Comprobante del pago por concepto de evaluación, emitido por la institución bancaria, el cual, una vez que haya sido aceptada su solicitud, no podrá volver a ser utilizado.
9. La cuota de recuperación de la evaluación será de $6,500.00 (seis mil quinientos pesos 00/100 M.N.) y se pagará directamente a la Organización evaluadora, con base en el procedimiento establecido en el Instructivo.
10. Cualquier asunto relacionado con el pago de la cuota de recuperación de la evaluación, será resuelto por la Organización evaluadora.
11. Las demás señaladas en el Instructivo.

Los impedimentos para que la Persona participante obtenga el Certificado son los siguientes:

a) Haber sido sentenciada por algún delito patrimonial.
b) Estar inhabilitada para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público federal, estatal o municipal, o en el sistema financiero mexicano o de cualquier otro país.
c) Encontrarse en las listas oficiales que emitan autoridades mexicanas, organismos internacionales, agrupaciones intergubernamentales o autoridades de otros países, de personas vinculadas o probablemente vinculadas con operaciones con recursos de procedencia ilícita, terrorismo o su financiamiento, o con otras actividades ilegales.

Así que no dejes pasar más tiempo, ya que sólo se cuenta con una convocatoria por año para poderte certificar ante la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).

 

 

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PROPUESTA DE INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA Y ADICIONA LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, EN MATERIA DE SUBCONTRATACIÓN LABORAL

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La Propuesta de Iniciativa presentada por el Diputado José Martín Padilla Sánchez, en el contenido señala que, en México, la Subcontratación, -también conocida por el término anglosajón Outsourcing-, remite sus inicios a la década de los 40 e inicialmente se caracterizaba por la contratación de servicios de básicos, como los de limpieza y vigilancia, entre otros.

Que posteriormente, en la década de los años setenta se dio un considerable crecimiento de las agencias consultoras y que para los años noventa fue cuando se incrementó de manera importante el número de compañías prestadoras de servicios de personal especializado (1). Que, en ese sentido, cita el señalamiento que realiza Alejandro Bolaños Pérez:

“El auge de estas compañías de personal, en gran parte, se da por la separación de las utilidades de la empresa; es decir, una empresa que contaba con el personal para su operación “creaba” una compañía de Outsourcing de personal, y así lograba asignar una utilidad menor a la compañía de servicios; esta utilidad menor era la base para el reparto de utilidades a sus trabajadores (2)”.

Que el Outsourcing vino a configurar un nuevo paradigma dentro del mundo empresarial: la disminución gradual de la participación de las personas trabajadoras en las utilidades de las empresas.

El Diputado Padilla Sánchez menciona que la razón por la que se pretende justificar la adopción de lo antedicho guarda relación con dos variables: 1) La competitividad de las empresas y 2) la noción de México como un país atractivo para la inversión. Que de estas dos variables se extraen los siguientes razonamientos:

  1. Que, para los inversionistas nacionales en cualquier industria, el hecho de distribuir cierto porcentaje de las utilidades, repercute en la perspectiva de crecimiento de su negocio, en virtud de que estas utilidades podrían ser utilizadas para la ampliación de su inversión.
  2. Que, para el caso de inversionistas extranjeros, se enfrentan a similares situaciones a las de los inversionistas nacionales, lo cual puede hacerlos desistir de invertir en el país.
  3. Que la búsqueda de la competitividad a través de la obtención de mayores utilidades, es una razón “económica válida”

Que a pesar de lo anterior, estos argumentos no constituyen una justificación suficientemente valida ni ética, ya que se basan en criterios de exclusión de las y los trabajadores, además de que da cuenta que la subcontratación ha sido utilizada -por ciertos actores y agentes- de forma abusiva “creando estructuras que han llevado a disminuir o incluso eliminar la retención y pago del ISR por pago de salarios, así como de las cuotas de seguridad social” o en su caso, por lo actual también cita director general del IMSS, Zoé Robledo:

El Outsourcing “malo” abarata la mano de obra, afecta los ingresos de las y los trabajadores, así como su relación con el seguro social. Los derechos de los empleadores, son irrenunciables y los abusos de las empresas que operan con esquemas ilegales, pueden sufrir afectaciones (3).

Que en este sentido y en relación con lo anterior, es posible entender las razones por las que, en el último decenio, la figura de la subcontratación ha conducido a una amplia discusión y debate en el ámbito político, empresarial, académico y legislativo (4). Es por ello que en torno a dicha discusión se han integrado dos posicionamientos: la primera que reclama su total desaparición y la segunda, que defiende su permanencia pero que apuesta a una mejor regulación de esta figura que configura determinadas relaciones laborales.

El Diputado promovente señala que el amplio sector que ha apostado por la preservación y defensa de la Subcontratación Laboral o Outsourcing; desde siempre han señalado sus ventajas económicas y directivas; como puede observarse en la siguiente definición:

Una de las estrategias actuales es el Business Process Outsourcing o Externalización de Procesos de Negocios, se trata de la transferencia de un proceso o una fase del negocio a un tercero especializado con el objeto de agilizar y mejorar los procesos, lograr mayor y más eficientes resultados, agilizar el management o comprimir costos (5).

Sin embargo, el Diputado José Martín considera que lo que se puede destacar de las definiciones sobre la subcontratación es su lectura economicista de la realidad laboral, pues, se centra en la lógica del costo-beneficio, quedando excluidos las y los trabajadores -tanto sus condiciones como sus derechos laborales- que se encuentran bajo este régimen laboral, y que lo que importa es la maximización de la productividad y competitividad de la empresa más no un reparto equitativo de beneficios entre empleados y empleadores.

Por tal motivo, su Propuesta de Iniciativa tiene por objeto dotar de algunas precisiones al articulado que norma la figura de la subcontratación laboral dentro de la Ley Federal del Trabajo, de manera que dichas precisiones posibiliten aminorar o reducir significativamente las condiciones de desigualdad de posiciones de las y los trabajadores mexicanos que se encuentran bajo este régimen laboral, lo cual ha traído consigo una disminución cuantitativa (como de efectos cualitativos diferenciados) de sus derechos humanos laborales y de seguridad social, todos ellos consagrados en los Tratados Internacionales signados por nuestro país y en la Constitución Política General.

El Diputado promovente considera que el trabajo que se encuentra bajo este régimen no puede estar excluido de principios éticos como la justicia social y la solidaridad humana, que es necesario definir cuáles serán las responsabilidades y obligaciones que deben asumir la parte contratante y contratista para con los trabajadores, si se quiere configurar una nueva realidad laboral basada en igualdad de condiciones y beneficios laborales, pues en el actual articulado de la Ley Federal del Trabajo no se define de forma explícita cuales han de ser las condiciones a las que ambos sujetos se han de atener (6), lo cual presta a que se sigan prestando y perpetuando las situaciones arriba señaladas.

Que es por las anteriores consideraciones expuestas, que el Diputado Padilla Sánchez somete al Pleno de este Honorable Congreso de la Ciudad de México, la siguiente Propuesta de Iniciativa y para una mejor comprensión y mayor entendimiento expone el siguiente cuadro comparativo:

LEY FEDERAL DEL TRABAJO
TEXTO VIGENTE PROPUESTA
Artículo 15-A. El trabajo en régimen de subcontratación es aquel por medio del cual un patrón denominado contratista ejecuta obras o presta servicios con sus trabajadores bajo su dependencia, a favor de un contratante, persona física o moral, la cual fija las tareas del contratista y lo supervisa en el desarrollo de los servicios o la ejecución de las obras contratadas. Este tipo de trabajo, deberá cumplir con las siguientes condiciones: No podrá abarcar la totalidad de las actividades, iguales o similares en su totalidad, que se desarrollen en el centro de trabajo. Deberá justificarse por su carácter especializado.No podrá comprender tareas iguales o similares a las que realizan el resto de los trabajadores al servicio del contratante. De no cumplirse con todas estas condiciones, el contratante se considerará patrón para todos los efectos de esta Ley, incluyendo las obligaciones en materia de seguridad social. Artículo 15-A. El trabajo en régimen de subcontratación es aquel por medio del cual un patrón denominado contratista ejecuta obras o presta servicios con sus trabajadores bajo su dependencia, a favor de un contratante, persona física o moral, la cual fija las tareas del contratista y lo supervisa en el desarrollo de los servicios o la ejecución de las obras contratadas. En este tipo de trabajo, las partes tendrán que cumplir con las siguientes condiciones: El contratante deberá:Acreditar que dicho trabajo no podrá abarcará la totalidad de las actividades, iguales o similares en su totalidad, que se desarrollen en el centro de trabajo. Deberá justificarse Justificar por su carácter especializado y necesario. Acreditar que dicho trabajo no podrá comprender tareas iguales o similares a las que realizan el resto de los trabajadores al servicio del contratante. Justificar la causa por la que requiere de dicho trabajo, demostrando con evidencias que su empresa, industria, comercio, dependencia o entidad se encuentra imposibilitada para efectuar las actividades y tareas que son objeto de este servicio o ejecución de obra a contratar. e) Garantizar el cumplimiento de las siguientes obligaciones ante las personas contratadas bajo este régimen:
LEY FEDERAL DEL TRABAJO
TEXTO VIGENTE PROPUESTA
  Otorgar las condiciones de seguridad necesarias para el desarrollo de sus actividades en el lugar de trabajoLibertad sindicalReconocimiento a la antigüedad del trabajador, otorgándole la oportunidad de ser contratado por la mismaTodos los demás derechos que establezca esta Ley. De no cumplirse con lo establecido en los incisos a), b) y c), el contratante se considerará patrón para todos los efectos de esta Ley, incluyendo las obligaciones en materia de seguridad social. B. El contratista deberá:     a) Registrarse ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en un padrón que será público y transparente, con lo cual acreditará que es proveedor de estos servicios o ejecutor de obras, dicho padrón deberá publicarse en una Plataforma Nacional Digital.     b) Presentar la certificación expedida por la Institución especializada en la materia, que acredite la calidad de los servicios que presta.    c) Documentar con información fidedigna y detallada, que dé cuenta del cumplimiento de sus obligaciones laborales, de seguridad social y fiscales.      d) Cumplir sus obligaciones de asegurar a las personas contratadas bajo este régimen, las siguientes prestaciones: Vacaciones2. Prima vacacionalPago de días de descansoAcceso obligatorio a la seguridad socialAguinaldoUtilidades yCualquier otra prestación que se pudieren pactar entre las partes. 
LEY FEDERAL DEL TRABAJO
TEXTO VIGENTE PROPUESTA
Artículo 15-C. La empresa contratante de los servicios deberá cerciorarse permanentemente que la empresa contratista, cumple con las disposiciones aplicables en materia de seguridad, salud y medio ambiente en el trabajo, respecto de los trabajadores de esta última.   Lo anterior, podrá ser cumplido a través de una unidad de verificación debidamente acreditada y aprobada en términos de las disposiciones legales aplicables. Artículo 15-C. La empresa contratante de los servicios deberá cerciorarse permanentemente que la empresa contratista, cumple con las disposiciones aplicables en materia de seguridad, salud y medio ambiente en el trabajo, respecto de los trabajadores de esta última.   Lo anterior, podrá ser cumplido a través de una unidad de verificación debidamente acreditada y aprobada en términos de las disposiciones legales aplicables.   En caso de incumplimiento, la empresa contratante podrá solicitar la rescisión del contrato y deberá informar a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para que realice las acciones conducentes.

Recuerda tenemos el evento Relaciones Laborales y el Outsourcing, inscríbete hoy mismo y no te pierdas ningún detalle.

(1) Para dimensionar la situación a la cual nos estamos enfrentando, de acuerdo con los resultados oportunos de los Censos Económicos del INEGI del año 2019, la subcontratación subió tres puntos porcentuales en los últimos 10 años (del 13.5 por ciento, en 2014, a 16.3, en 2019), véase el siguiente enlace: https://www.inegi.org.mx/app/biblioteca/ficha.html?upc=702825192983

(2) Véase el siguiente enlace, del artículo titulado” El Outsourcing en México: Pasado, presente y ¿futuro? consultado el 05 de marzo de 2019:  https://www.ccpm.org.mx/avisos/El%20-outsourcing-%20en%20- mexico-noviembre-2016-puntos-finos.pdf

(3) Ibídem.

(4) Tal es el caso de las discusiones que se mantienen latentes en el Congreso General y como ejemplo de ello, el Parlamento Abierto sobre la subcontratación laboral organizado por el Senado de la República. Para mayor conocimiento, véase el siguiente enlace del Canal del Congreso: https://www.canaldelcongreso.gob.mx/noticias/12886/Inauguran_en_Senado%2C_Parlamento_Abierto_en _materia_de_subcontratacion_laboral

(6) Esto ha sido señalado por Virginia Viridiana Escobar Dávila en su tesis de licenciatura titulada: “La Legalización en la Subcontratación en México”, que puede ser consultada en el siguiente sitio http://132.248.9.195./ptd2016/julio/0746978/Index.html; véase también otras tesis sobre el mismo asunto: José Ricardo Aceves Paniagua en su tesis “El Trabajo en régimen de subcontratación y su inobservancia legal en México” Jonathan Israel Vázquez Contreras “Subcontratación Ilícita, negación de los derechos fundamentales de los trabajadores”; así como la tesis de maestría de Carla Jiménez Juárez “ La subcontratación laboral en México y su impacto en la Relaciones de Trabajo”

https://youtu.be/MlxDIw-UGgE

Obligaciones Especiales para: Patrones, Trabajadores e Inspectores de Trabajo, para el Teletrabajo.

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Definición del  Teletrabajo según el Art.330-A de la LFT: El teletrabajo es una forma de organización laboral subordinada que consiste en el desempeño de actividades remuneradas, en lugares distintos al establecimiento o establecimientos del patrón, por lo que no se requiere la presencia física de la persona trabajadora bajo la modalidad de teletrabajo, en el centro de trabajo, utilizando primordialmente las tecnologías de la información y comunicación, para el contacto y mando entre la persona trabajadora bajo la modalidad de teletrabajo y el patrón. La persona trabajadora bajo la modalidad de teletrabajo será quien preste sus servicios personal, remunerado y subordinado en lugar distinto a las instalaciones de la empresa o fuente de trabajo del patrón y utilice las tecnologías de la información y la comunicación. Para efectos de la modalidad de teletrabajo, se entenderá por tecnologías de la información y la comunicación, al conjunto de servicios, infraestructura, redes, software, aplicaciones informáticas y dispositivos que tienen como propósito facilitar las tareas y funciones en los centros de trabajo, así como las que se necesitan para la gestión y transformación de la información, en particular los componentes tecnológicos que permiten crear, modificar, almacenar, proteger y recuperar esa información. Se regirán por las disposiciones del presente Capítulo las relaciones laborales que se desarrollen más del cuarenta por ciento del tiempo en el domicilio de la persona trabajadora bajo la modalidad de teletrabajo, o en el domicilio elegido por ésta.

No será considerado teletrabajo aquel que se realice de forma ocasional o esporádica.

Las condiciones de trabajo se harán constar por escrito mediante un contrato y cada una de las partes conservará un ejemplar.

La modalidad de teletrabajo formará parte del contrato colectivo de trabajo, que en su caso exista entre sindicatos y empresas, y deberá entregarse gratuitamente una copia de estos contratos a cada una de las personas trabajadoras que desempeñen sus labores bajo esta modalidad. Asimismo, deberán de facilitar los mecanismos de comunicación y difusión a distancia con los que cuente el centro de trabajo, incluyendo el correo electrónico u otros, con el fin de garantizar que las personas trabajadoras bajo la modalidad de teletrabajo tengan conocimiento de los procedimientos de libertad sindical y negociación colectiva

Los patrones que no cuenten con un contrato colectivo de trabajo deberán incluir el teletrabajo en su reglamento interior de trabajo, y establecer mecanismos que garanticen la vinculación y contacto entre las personas trabajadoras que desempeñen sus labores bajo esta modalidad.

En modalidad de teletrabajo, los patrones tendrán las obligaciones especiales siguientes:

  1. Proporcionar, instalar y encargarse del mantenimiento de los equipos necesarios para el teletrabajo como equipo de cómputo, sillas ergonómicas, impresoras, entre otros;
  2. Recibir oportunamente el trabajo y pagar los salarios en la forma y fechas estipuladas;
  3. Asumir los costos derivados del trabajo a través de la modalidad de teletrabajo, incluyendo, en su caso, el pago de servicios de telecomunicación y la parte proporcional de electricidad
  4. Llevar registro de los insumos entregados a las personas trabajadoras bajo la modalidad de teletrabajo, en cumplimiento a las disposiciones en materia de seguridad y salud en el trabajo establecidas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social;
  5. Implementar mecanismos que preserven la seguridad de la información y datos utilizados por las personas trabajadoras en la modalidad de teletrabajo;
  6. Respetar el derecho a la desconexión de las personas trabajadoras en la modalidad de teletrabajo al término de la jornada laboral;
  7. Inscribir a las personas trabajadoras en la modalidad de teletrabajo al régimen obligatorio de la seguridad social,
  8. Establecer los mecanismos de capacitación y asesoría necesarios para garantizar la adaptación, aprendizaje y el uso adecuado de las tecnologías de la información de las personas trabajadoras en la modalidad de teletrabajo, con especial énfasis en aquellas que cambien de modalidad presencial a teletrabajo.

En modalidad de teletrabajo, los trabajadores tienen las obligaciones especiales siguientes:

  1. Tener el mayor cuidado en la guarda y conservación de los equipos, materiales y útiles que reciban del patrón;
  2. Informar con oportunidad sobre los costos pactados para el uso de los servicios de telecomunicaciones y del consumo de electricidad, derivados del teletrabajo;
  3. Obedecer y conducirse con apego a las disposiciones en materia de seguridad y salud en el trabajo establecidas por el patrón;
  4. Atender y utilizar los mecanismos y sistemas operativos para la supervisión de sus actividades,
  5. Atender las políticas y mecanismos de protección de datos utilizados en el desempeño de sus actividades, así como las restricciones sobre su uso y almacenamiento.

El patrón debe promover el equilibrio de la relación laboral de los trabajadores en la modalidad de teletrabajo, a fin de que gocen de un trabajo digno o decente y de igualdad de trato en cuanto a remuneración, capacitación, formación, seguridad social, acceso a mejores oportunidades laborales y demás condiciones. Asimismo, deberá observar una perspectiva de género que permita conciliar la vida personal y la disponibilidad de los trabajadores bajo la modalidad de teletrabajo en la jornada laboral.

Los mecanismos, sistemas operativos y cualquier tecnología utilizada para supervisar el teletrabajo deberán garantizar el derecho a la intimidad de los trabajadores y respetando el marco jurídico aplicable en materia de protección de datos personales.

Solamente podrán utilizarse cámaras de video y micrófonos para supervisar el teletrabajo de manera extraordinaria, o cuando la naturaleza de las funciones desempeñadas por la persona trabajadora bajo la modalidad de teletrabajo lo requiera.

Las condiciones especiales de seguridad y salud para los trabajos desarrollados al amparo del presente Capítulo serán establecidas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en una Norma Oficial Mexicana NOM-036-1.

Los Inspectores del Trabajo tienen las atribuciones y deberes especiales siguientes:

  1. Comprobar que los patrones lleven registro de los insumos entregados a las personas trabajadoras en la modalidad de teletrabajo, en cumplimiento a las obligaciones de seguridad y salud en el trabajo;
  2. Vigilar que los salarios no sean inferiores a los que se paguen en la empresa al trabajador presencial con funciones iguales o similares;
  3. Constatar el debido cumplimiento de las obligaciones especiales.

Fuente: Decreto por el que se reforma el artículo 311 y se adiciona el capítulo XII Bis de la Ley Federal del Trabajo, en materia de Teletrabajo, publicado en el DOF 11-01-21.

Te invitamos a que te inscribas a nuestro Mago Evento: Relaciones Laborales y Subcontratación de Servicios Especializados 2021.

https://youtu.be/MlxDIw-UGgE

Estéticas y otros negocios de barrio en CDMX sí podrán abrir en semáforo rojo

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El gobierno de la CDMX añadió otras actividades en la lista de esenciales, así que negocios de Barrio a ponerse a trabajar a partir de hoy, que vaya que nos hace falta, excepto dos zonas del Centro Histórico.

Toda actividad en la Ciudad de México PERMANECERÁ CERRADA, con excepción de las consideradas como esenciales para el funcionamiento de la Ciudad y, por lo tanto, serán las únicas autorizadas para operar durante la emergencia sanitaria por COVID-19, cumpliendo de manera estricta y rigurosa con las medidas sanitarias generales establecidas, así como las específicas aplicables a cada sector, mismas a continuación se señalan:

  1. Actividades relacionadas con atención de la salud;
  2. Manufacturas
  3. Construcción
  4. Telecomunicaciones
  5. Producción y venta de alimentos y abarrotes
  6. Venta de alimentos preparados (únicamente servicio para llevar o entrega a domicilio)
  7. Producción y venta de medicamentos y material de curación
  8. Bancos
  9. Servicios de hospedaje
  10. Servicios públicos (seguridad, agua, obra pública, tributarios y los necesarios para la operación)
  11.  Cadena de servicios y proveedurías para sectores esenciales y
  12. Pequeños negocios de barrio de máximo 3 trabajadores, cuyo giro mercantil sea: revistas y periódicos, tlapalería, ferretería, papelería, carpintería, herrería, estética, peluquería, salones de belleza, y venta y reparación de bicicletas.

De acuerdo con una nota aclaratoria publicada hoy en la Gaceta Oficial de CDMX medidas extraordinarias por el Semáforo Rojo, y que entrarán en vigor este miércoles, se indica que las actividades mencionadas, así como las no esenciales deberán cerrar en los perímetros A y B del Centro Histórico de la Ciudad de México.

El Gobierno de la CDMX revela las colonias, barrios y pueblos con más casos activos de COVID-19

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Seguimos en semáforo Naranja

La Dr.Claudia Sheinbaum da a conocer los nombres de las colonias de la CDMX que concentran el 20 por ciento del total de casos positivos en la ciudad, por lo que el gobierno capitalino pone en acción un nuevo programa y la medición del  semáforo epidemiológico será revisado por colonias y cada domingo se informará las colonias de atención prioritaria, para su aplicación cada miércoles siguientes y durante los próximo 15 días.

Por lo que presenta el Gobierno de la CDMX un programa de Atención Prioritaria COVID-19 para frenar los contagios de la enfermedad.

La intervención en estas zonas consiste en:

  1. Vigilancia Epidemiológica casa por casa para asesoría y revisión médica y en su caso, realización de pruebas, así como la canalización temprana de casos por Covid-19.
  2. Instalación de quioscos de salud para asesoria médica y aplicación de pruebas Covid-19. Los quioscos estarán en funcionamiento de lunes a viernes de 9:00 a13:00. Los lugares de ubicación estarán disponibles este lunes.
  3. Campañas de información y perifoneo en las colonias para difundir las medidas de prevención e invitar a la población a quedarse en casa.
  4. Programa  Hogar responsable  y  protegido  el cual consiste en  otorgar apoyo médico, alimentario y económico, a las familias que tengan un integrante con prueba positiva de Covid-19, dar seguimiento a los síntomas a través de videollamada con un médico Locatel; así como brindar asesoría legal por ausencia laboral.
  5. Suspensión temporal de comercio en vía pública a quienes se les otorgarán apoyos económicos por parte de la Secretaría de Desarrollo Económico.
  6. Reforzamiento de las medidas sanitarias generales a través de la sanitización del espacio público, así como el énfasis en el uso de cubrebocas, uso de careta en el transporte público y para comerciantes, lavado constante de manos o uso de gel antibacterial y ante el menor síntoma quedarse en casa y enviar un SMS con la palabra “covid19” al 51515.
https://youtu.be/3VYiiEocdQI

Las colonias, pueblos y barrios que a continuación se enlistan, fueron seleccionados con base en el número de casos activos y la tasa de casos activos por cada 100 mil habitantes; y recibirán atención prioritaria a partir del miércoles 15 de julio:

https://youtu.be/T-vK6uIJxKE

Empresas de CDMX con más de 30 trabajadores deberán aplicar pruebas de Covid-19 y los costos deberán correr por los dueños de las estas Empresas

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La jefa de Gobierno de la CDMX, Claudia Sheinbaum, informó en Conferencia de Prensa y publicada en la Gaceta de la Ciudad de México de este 12-06-20. Que las empresas en CDMX aparte de cumplir con las 10 reglas básicas en cualquier color del semáforo, tales como utilizar equipo de protección, desinfectar espacios comunes y superficies, mantener la sana distancia y utilizar ventilación natural. Realizar un retorno escalonado e instalar un filtro sanitario, promover la salud y los consejos de higiene y señalización en tu Centro de Trabajo.

Respecto a las Empresas que cuenten con una plantilla laboral sea de 30 o más personas, deberá realizar a su costa pruebas COVID-19 por lo menos al 5% de la totalidad de su plantilla laboral, ya sea de forma individual o grupal, conforme a lo siguiente:

a.) Aquellos que, por la naturaleza de su actividad, o bien, que por las características de sus instalaciones no sea posible mantener las condiciones de sana distancia de 1.5 metros entre sus trabajadores y personas usuarias de sus servicios, deberán realizar pruebas a sus trabajadores cada semana.

b.) Aquellos que tengan condiciones favorables para mantener la sana distancia de 1.5 metros entre sus trabajadores y personas usuarias de sus servicios, deberán realizar pruebas a sus trabajadores cada 2 semanas. Sin perjuicio de que puedan practicarlas con menor temporalidad.

Se entenderá por prueba grupal aquella practicada a un grupo de máximo 20 personas (preferentemente que compartan espacios o tengan mayor contacto entre ellos), que consistirá en la toma de muestra a cada una, las cuales se combinarán y procesarán como una sola prueba de reacción en cadena de la polimerasa de diagnóstico del virus COVID-SARS-2.

Las personas físicas o morales titulares y responsables del funcionamiento de la actividad tendrán la obligación de reportar al servicio de Locatel: 55 56 58 11 11, la fecha en que se les practicó la prueba, la fecha del resultado y el resultado de la misma. Una vez practicada la prueba, deberán asegurarse de que cada uno de los trabajadores del grupo al que se le practicó, se realicen inmediatamente después un autodiagnóstico COVID-19, a través de los medios señalados en el numeral 1. Asimismo, deberán solicitarles que se aíslen en su domicilio, hasta en tanto se obtengan los resultados. Si la prueba grupal dio positivo de COVID-19, se mandará a resguardo domiciliario al grupo completo y deberá realizarse una prueba individual a los integrantes de ese grupo.


No se podrá despedir a trabajadores que presenten síntomas compatibles con el COVID-19 o hubieren resultado positivos de la enfermedad mediante la aplicación de pruebas.
La jefa de Gobierno detalló que las compañías deberán realizar su registro en la página web, donde deberás cumplir estrictamente con los Lineamientos, Normas, Guías y/o Protocolos de Protección a la Salud, para reanudar actividades y poner en marcha la Nueva Normalidad de manera paulatina y progresiva de las actividades económicas, laborales, sociales, educativas, culturales, de transporte y gubernamentales, a fin de garantizar la protección de trabajadores, usuarios y personas con las que interactúen en el desarrollo de estas. A partir del 15 de junio, las empresas deberán descargar una carta donde se comprometen a cumplir con los lineamientos.
Te invitamos a que adquieras nuestro curso: Lineamientos para la Reapertura de tu Centro de Trabajo y realización de Protocolo de Seguridad Sanitaria, dentro de nuestro material te brindamos un formato de Protocolo.

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Ideas para salvar a las PyMes en los tiempos del #Coronavirus

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Por: Yessica Rueda Rentería

Es claro que la contingencia por el #Coronavirus a nivel mundial y nacional está poniendo de cabeza la economía y particularmente a las PyMes.

Las PyMes requerimos de acciones inmediatas y de acuerdos solidarios entre particulares, independientemente del apoyo del Gobierno Federal o Estatal; urgen medidas que puedan apoyar a este importante sector de nuestra economía.

Enlisto siete ideas obtenidas a partir de las mejores prácticas para sobrevivir ante un acontecimiento que nunca había ocurrido.

  1. Contar con un Flujo de Efectivo (Cash Flow) y saber muy bien en qué momento requerirás dinero para solventar tus deudas.
  1. Plantear adecuadamente el problema de tu PyMe y tomar acciones asertivas, si tienes que reducir el equipo de trabajo para poder sobrevivir, toma la decisión hoy, porque el tiempo cuenta. 
  1. Otorgamiento de Estímulos Fiscales por el tiempo que dure la contingencia, particularmente en lo que se refiere al Impuesto sobre Nóminas e Impuesto sobre Hospedaje. El apoyo de los gobiernos locales puede ser fundamental para reactivar este segmento de la economía.
  1. Reducción de renta por el tiempo que dure la contingencia. La mayoría de las Pymes no tendrán ingresos durante estos meses o serán mínimos, sin embargo; hay costos fijos que asumir, siendo uno de los más altos el alquiler de local u oficina.
  1. Créditos para reapertura o para pago de nómina con tasa preferencial. Las PyMes se verán obligadas a parar ante esta contingencia y reiniciar operaciones no será sencillo.
  1. Combatir la especulación y el alza injustificada de precios. Necesitamos que Profeco haga su chamba más que nunca. De lo que se trata es evitar abusos en aumentos de precios.
  1. Garantizar la Seguridad. Si el Gobierno no pone de su parte, no podemos como sociedad reactivarnos.

Aunque estas medidas pueden estar fuera de los parámetros normales, sin duda alguna necesitamos acciones para reactivar nuestra economía.

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10 PASOS PARA LOGRAR LA EVOLUCIÓN Y PROFESIONALIZACIÓN EN TU PYME

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Escrito por: Yessica Rueda Rentería.

Esta nueva época, como nunca antes, es un campo fértil para las PyMEs; porque estas tienen ciertas características que facilitan los cambios y permiten tomar acciones con mayor rapidez, a comparación que las grandes empresas; y por supuesto, para que tu PyME sea protagonista, tiene que evolucionar y profesionalizarse, así que pon atención a estos 10 puntos importantes:

  1. Conoce tu mercado: A diferencia de lo que sucedía anteriormente, donde tenías que pagar costosos estudios de mercado, hoy todos podemos apoyarnos con la súper carretera de información que es el Internet, más el apoyo humano, y de esta forma generar estudios de mercado a nuestra medida. Hay que saber indagar y encontrar la información veraz y oportuna, no quieras todo hacerlo tú, tienes que contar con gente capacitada para realizarlo, puede ser personal externo, lo importante que debes saber es: NO TODO EL MUNDO ES TU CLIENTE, “ENFÓCATE”.
  2. Conoce muy bien a tu cliente: En este momento, tu PyME es una más dentro de las mil opciones existentes en el mercado, tienes que volverte un referente y esto lo logras teniendo propuesta de valor, pero si quieres generar propuesta de valor, tienes que estudiar a fondo a tus clientes para detectar sus verdaderas necesidades, cuando las descubras tus productos o servicios serán los más solicitados de tu mercado.
  3. Invertir en Marketing: El presupuesto que las PyMEs destinan al marketing es alarmantemente bajo, más aún si consideramos que por lo general, las PyMEs llaman marketing a la publicidad, y no a lo que realmente es marketing hoy en día y que podríamos resumir, en una palabra: ¡ESTRATEGIA!
  4. Construye una Propuesta de Valor: El secreto no es ser diferente, eso es relativamente sencillo, la clave es lograr que esa diferencia te haga atractivo. Tu producto o servicio debe responder a una simple pregunta: ¿Por qué me elegirían entre tantas opciones similares? Una vez descifrado esto, debes comunicarlo a toda tu organización y generar tu equipo de alineación para construir una verdadera Propuesta de Valor.
  5. Innovar: ¡Ya no se trata de mirar, sino de aprender a observar! Cuando uno observa a sus clientes en búsqueda de satisfacer sus problemas, encuentra miles de pequeñas cosas que antes ignoraba o “veía sin verlas”. Innovación no es sinónimo de revolución, sino de solución. ¿Qué solución estás brindando a tus clientes?
  6. Canales de Comunicación: Internet es, el gran aliado de las PyMEs, ya que permite con poco presupuesto (y no menos importante, de manera medible) poder llegar a los segmentos seleccionados. Sé creativo y además no escatimes en pagar por un buen asesoramiento, es prioritario en este punto.
  7. Canales de Comercialización: Debes detectar claramente cuál es el mejor canal de comercialización para llegar a las ventas requeridas. Una vez más, Internet es un aliado, pero no es la única solución; no descartes los canales tradicionales y recuerda que debes tener tanto canales como segmentos que atacar para lograr la meta en ventas.
  8. Cómo hacerlo: Recuerden siempre que lo que valoran los clientes no es lo que vendes, sino cómo lo vendes. Siempre debes ser innovador en cómo llevar adelante tu negocio y cómo relacionarte con tu público. Si consigues enamorarlos, ellos serán tus mejores promotores (EMBAJADORES DE TU MARCA).
  9. Medir: Es vital diseñar métricas para las distintas áreas de la organización y así detectar desvíos que puedan traducirse en insatisfacciones para los clientes. “Lo que no se puede medir no se puede gestionar”.
  10. Alineación: El secreto de un buen modelo de negocio tiene que ver con lograr la alineación e integración de todas las áreas. Invierte tiempo en explicar a tus colaboradores la dirección de la empresa, y cómo van a cumplir las metas y objetivos estos últimos pasos son los puntos más fuertes; ¡La Alineación debe ser el tesoro más importante y por ende el más protegido y atendido!

Recuerda que toda gran empresa alguna vez fue pequeña; no seas ansioso, pero sí intenta avanzar todos los días y tienes que saber que el mercado nunca fue tan fértil como ahora para empresas innovadoras, ágiles y dinámicas. Estamos viviendo la “Era de las PyMEs”.

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Recomendaciones para evitar problemas con la autoridad en una Auditoria

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Durante el 1er Foro de Comercio Exterior de la AMCPDF, Silvia Ivette Saucedo Garza, Administradora Central de Operaciones Especiales de Comercio Exterior del SAT, dio una lista de recomendaciones para evitar problemas con la autoridad en una Auditoria.

Silvia Ivette Saucedo Garza, Administradora Central de Operaciones Especiales de Comercio Exterior del SAT

1. Conoce a tu proveedor tanto en el extranjero como en tu nación. 

2. Verifica que tu proveedor es serio y ético. 

3. Familiarízate con toda la información de comercio exterior.  

4.  Ten un control estricto de inventarios. 

5. Recuerda que hay que contar con un área exclusiva de comercio exterior en tu empresa con un verdadero especialista, el contador no puede manejarlo todo. 

6. Realiza una revisión interna de la documentación y operación periódica.

7. Ten la información y documentación a disposición de la autoridad.

8. Acercarte a la autoridad.

Toma en cuenta que la autoridad revisa lo siguiente:

  1. El correcto cálculo de contribuciones y aplicación de preferencias arancelarias.
  2. La verificación del valor en aduana declarado.
  3. El proceso Productivo de la empresarial.
  4. El destino de la mercancía importada. 
  5. El Cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias.